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domingo, 30 de diciembre de 2012

Negocio en Marcha

Siguiendo el orden que en la NIF A-2 se le dio a los postulados básicos, y habiendo visto ya Sustancia Económica y Entidad Económica, ahora tocaré el tema relativo a Negocio en Marcha.

Éste siempre he considerado que ha sido un PCGA ahora postulado mal entendido, al grado que en muchas ocasiones se llega a pensar que sólo sirve en contabilidad para revelar el hecho de que la entidad está en marcha o no, el concepto tiene una gran repercusión mucho más profunda que la simple revelación, afectando a TODOS los rubros de los estados financieros en lo particular y no sólo a entidad como un todo.

La contabilidad afortunadamente aún se basa en hechos pasados (da la impresión de que su tendencia es la de reconocer hechos futuros, pero afortunadamente aún no rige a la contabilidad), sin embargo está basada en las circunstancias derivadas en el pasado y las posibles repercusiones que esos hechos tendrán en el futuro, con el afán de reconocer la situación más conservadora, no pretendiendo reconocer beneficios no obtenidos.

En las definiciones de activos y pasivos este elemento es fundamental, se esperan beneficios económicos en el futuro para los activos y disminución futura de beneficios económicos para los pasivos. Estos conceptos son los que vuelven importante a Negocio en Marcha, en la información financiera, ya que los beneficios futuros, a generar o a disminuir serán diferentes si la posibilidad de generarlos o incluso de disminuirlos desaparece.

Enunciado

La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos, con base en las NIF. En tanto prevalezcan dichas condiciones, no deben determinarse valores estimados provenientes de la disposición o liquidación del conjunto de los activos netos de la entidad.

Planteamiento

Determine como pueden afectar los valores de los siguientes rubros del balance en el momento en el que una entidad, o parte de ella deje de estar en marcha, deje de generar negocio para el futuro:

Rubro del balance
Efecto
Efectivo y equivalentes de efectivo

Instrumentos financieros

Cuentas por cobrar

Inventarios

Pagos anticipados

Activo fijo

Intangibles

Proveedores

Préstamos bancarios

Provisiones

Contingencias

Compromisos

Patrimonio


Solución

Negocio en marcha es un postulado, y antes principio, que no ha tenido cambios desde su origen, básicamente de VALUACIÓN, que sujeta a la información financiera a los valores determinados en función a su realización futura o salida de recursos futura.

Los elementos planteados tienen en su totalidad un efecto con la aplicación de Negocio en Marcha, postulado que no tendría valor alguno si lo enfocáramos exclusivamente a la definición del futuro, situación que no tanto es contable, sino operativa, la preocupación contable debe ser la de la valuación no la de la definición del futuro, es decir, la definición de la continuidad del negocio no es el problema contable, la contabilidad debe preocuparse de los valores a reflejar en los estados financieros, no del futuro de la entidad, desde luego que para la determinación de los valores es indispensable CONOCER el futuro, más no definirlo.

Es importante también que el responsable de la información financiera conozca ese futuro pero nunca estará en sus manos su definición.

Partiendo de esta premisa aboquémonos a la repercusión contable que debe tener el conocimiento de la no permanencia de la entidad.

Los efectos que en los rubros enunciados deberá tener el hecho de la pérdida de continuidad, son los siguientes:

Rubro del balance
Efecto
Efectivo y equivalentes de efectivo
Si bien en la mayoría de los casos los valores no se verán afectados es muy probable que si las restricciones o el enfoque que este rubro tendrá en una entidad sobre estas bases, por lo tanto será necesario revelar las restricciones que el futuro de la entidad provoque en sus recursos líquidos.

Instrumentos financieros
Independientemente de la clasificación que puedan tener los instrumentos financieros, sus valores serán prácticamente definitivos, por lo que es probable que TODOS tengan que valuarse a valor razonable, o más bien a su valor de realización ya que éste podría diferir del anterior con una consideración fundamental de la probabilidad de que se den los valores estimados en el periodo de liquidación.
Cuentas por cobrar
La probabilidad de cobro se complica, ya que los deudores en cuanto se den cuenta de la posibilidad de que la entidad deje de operar será más difícil cobrarles, al menos intentarán no pagar, para dejar que sea la misma entidad que trate de cobrarles, lo cual en su situación podría ser más difícil; por lo mismo su valor global deberá ser más bajo o más alto el riesgo de la incobrabilidad, por lo que su valor probablemente deberá ser castigado.
Inventarios
Los inventarios puede haberlos de muchos tipos, los que son exclusivos de la entidad, es decir que difícilmente se realizarán en las condiciones en las que se encuentren, como pueden ser aquellos inventarios que ya tuvieron algunos procesos para ser usados en posteriores producciones, o inventarios que no tienen un mercado abierto en forma absoluta, sino en mercados restringidos.
Los productos terminados que ya no tendrán en el futuro refacciones o un mercado abierto, casi todos ellos se convierten en inventarios que al no tener futuro, sus valores es muy probable que sufran una baja importante de valor, por lo que la reserva de valuación por obsolescencia debe incrementarse, para reconocer la pérdida por la abaja de valor, hasta llegar a determinar el valor razonable, que en estas circunstancias existe una alta probabilidad de ser más bajo que todo el costo incurrido
Pagos anticipados
Los gastos diferidos en este rubro están íntimamente ligados al futuro de ellos, por lo que cuando el futuro se limita, es obvio que su diferimiento también se modifique, de tal forma que si son activos tangibles o intangibles se tendrán que cancelar.
Tangibles: pueden ser materiales publicitarios que se reconocerán en resultados o dejar en el balance su valor de realización si tiene alguno, el cual tiene una alta probabilidad de ser más bajo que su costo, llevando a resultados la diferencia.
Intangibles: por ejemplo pólizas de seguros las que habrá de negociar su reembolso, convirtiéndose en cuenta por cobrar o derechos sobre algo, no reembolsables que tendrían que reconocerse en resultados.
Según el la nueva NIF C-5, en la que prácticamente han desaparecido los cargos diferidos los anticipos ahí reconocidos tendrán que negociarse y al ser anticipos para la adquisición de algo estarán sujetos a algún contrato con una alta probabilidad de perder una parte importante de los anticipos, por lo tanto, los pagos anticipados, sean anticipos o cargos diferidos, tienen un alta probabilidad de perderse.
Activo fijo
Distingamos primeramente dos tipos generales de activo fijo, los universales y los específicos.
Los primeros son los que en términos generales a cualquier tipo de empresas le sirven, ejemplo, un torno que a casi todas las empresas fabriles les puede servir, una pick up, a casi todas las empresas le sirven, es decir son activos fijos que pueden tener un mercado abierto y un uso generalizado, por lo que su valor en libros es probable que se pueda mantener con la consideración de los gastos necesarios, en su caso, para su desmantelamiento y traslado a su nueva ubicación los cuales disminuyen su valor de realización, hasta su venta.
Los activos específicos son aquellos que tienen un mercado reducido y su uso sólo algunas empresas lo pueden ejercer.
En los primeros, al encontrar un mercado más abierto se podría pensar en que su valor puede ser el de mercado, sin embargo si es necesario desmantelar, reubicar reinstalar etcétera, su costo puede ser muy diferente de caso en caso, por lo que es probable que requieran un castigo en su valor.
En los segundos, no hay duda, al no tener un mercado abierto es muy probable que su realización se tenga que hacer al mejor postor, que no forzosamente será el mejor precio, ya que encontrar a éste, puede llevar tiempo y en una empresa que ya no esta en marcha muchas veces esto no se puede dar.
Por lo tanto hay un alto riesgo de no poder recuperar ni el valor en libros, por lo que es probable se tenga que reconocer un castigo en su valor.
Intangibles
Muy parecido a los activos fijos, pero más profundo el problema ya que en muchos casos éstos son mas específicos y en su mayoría son activos exclusivos de la entidad, los cuales no tienen valor de rescate, por lo que en un negocio no en marcha pueden llegar a perder todo su valor, por ejemplo un software hecho a la medida y necesidades específicas de la empresa. También los puede haber que se hayan generado internamente y no tengan un valor específico, pero que pueden llegar a venderse y tener una recuperación no reconocida anteriormente
En los primeros será necesario reconocer una pérdida por la baja de valor, en los segundos aclarar a través de una nota a los estados financieros, de su existencia y de la posible recuperación que puedan tener.
Proveedores
La continuidad se pierde por lo que es probable que las condiciones cambien, se vuelvan exigibles sin revolvencia y pretendan, por lo mismo, hasta cobrar intereses.
Préstamos bancarios
Al cambiar las condiciones es probable que ejerzan presión hasta judicial, por lo que al cambiar sus condiciones su efecto en el balance también cambie.
Provisiones
Éstas, que son los ajustes necesarios en los estados financieros para definir en la posición financiera las posibilidades de tener que enfrentar algunas erogaciones en el futuro, derivado de hechos ocurridos  a veces concluidos en el pasado se definen más claramente y se pueden estimar con mayor facilidad en virtud del futuro conocido.
Ejemplos, una prima de antigüedad ya no está sujeta a probabilidades, sus condiciones ya se conocen. Una provisión de mantenimiento, es probable que ya no sea necesaria y se tenga que cancelar. Una provisión ecológica, por ejemplo de restitución por daños ecológicos, es más fácil valorarla ya que al dejar de operar se conocen con mayor precisión dichos daños, por ende se estima con mayor seguridad, etc. Asimismo puede haber otras reservas que se generan como negocio en marcha y que dejarían de tener razón de ser al no estar en marcha, como podría ser por ejemplo, una provisión de garantías, que al no estar en marcha deja de tener objetividad y habría que revaluarla o cancelarla según proceda.
Contingencias
Éstas también pueden ser conocidas con mayores datos, o al contrario las circunstancias actuales podrían llevarnos a tener mayores problemas en su determinación, por lo tanto al no estar en marcha hay cambios importantes también en estos conceptos y el balance y estado de resultados por lo mismo no serán iguales
Compromisos
Los compromisos ya se sabrá si se cumplirán o no, por lo que es probable que generen algunos gastos adicionales o se puedan negociar de otra forma, el hecho es que también modifican la posición financiera y resultados del periodo
Patrimonio
Cualquier modificación en los activos y pasivos lleva forzosamente a una modificación patrimonial. Por ello, el balance será diferente en un negocio que deja de estar en marcha.
Además estas repercusiones afectarán el estado de resultados correspondiente al periodo en el que se determine la disminución de actividades o su cierre.

Como puede apreciarse el negocio en marcha es un postulado latente, es decir siempre esta presente aunque no nos demos cuenta, es el que nos permite mantener los valores originales, es precisamente cuando la entidad ya no esta en marcha cuando es indispensable revisar todos esos valores y modificar la posición financiera.

Otras consideraciones

Es curioso que la normatividad actual aparentemente se preocupe más por la revelación del negocio en marcha que por su efecto en valuación, o al menos eso parece. Adicionalmente que su enunciado se refiera específicamente al conjunto de los activos netos de una entidad, ya que considero que al ser un concepto universal debe aplicarse a todas las partidas, en su conjunto y en lo individual. Es decir, una partida, un segmento de negocio o todo el negocio está sujeto al negocio en marcha de igual forma, individualmente o en conjunto. Una partida está sujeta a producir negocio en el futuro, al igual que el segmento o la entidad en su conjunto, no sólo esta última.

En la normatividad nunca se le ha dado a “Negocio en Marcha” un sentido universal, es decir aplicable a TODOS los conceptos de la entidad, se ha enfocado casi siempre al negocio (entidad) en su conjunto, sin embargo al ser realmente un concepto universal debemos pensar en él como una determinación de valores en lo general, de aplicación a todas las actividades, activos y pasivos de la entidad, es decir el “Negocio en Marcha” debe aplicarse a los conceptos individuales, por ejemplo el abandono de un activo, el dejar de operar alguna actividad (discontinuación de alguna operación) etcétera., por ello es de llamar la atención que en el boletín C-15, “Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición” no se haya tomado en cuenta justificándolo exclusivamente en los principios (en aquel entonces –2002 –todavía no había postulados) de “Realización” y de “Valor histórico original”, cuando, sin restarles importancia a éstos, es básico en esos conceptos el de “Negocio en marcha”, como concepto universal al que se ha hecho referencia.

En lo personal siempre he considerado que este principio es el concepto genérico que deben tener todas las inversiones, cualesquiera que estas sean, estructuradas o no, que deban generar un beneficio futuro, adicional al de su propio costo de recuperación por su disposición.

Así cualquier inversión está sujeta a su beneficio económico, de lo contrario su valor en los estados financieros estaría cuestionado, que es lo que regula precisamente el C-15, llamándole acertadamente deterioro en el valor; lo interesante es ver como interviene el Negocio en Marcha, el concepto que limita esos beneficios futuros y provoca el deterioro del valor cuando esta continuidad no se dará más.

El Negocio en Marcha es un concepto, por tanto, que protege los valores de los estados financieros, con base a la expectativa futura de las operaciones de la entidad, si estas expectativas se pierden se modifican los valores, pero no sólo por que la entidad ya no genere beneficios, si no porque la inversión particular o específica, no lo generará.

Como último comentario, en el caso de que la entidad ya no sea un negocio en marcha es importante apegarse también a la normatividad, que es clara en este aspecto. Los activos para poder ser reconocidos en los estados financieros deben cumplir con los conceptos de su definición, que ya hemos analizado; el más importante es el del beneficio futuro esperado, si el negocio ya no está en marcha, es necesario castigar su valor hasta el punto en el que su valor no sea superior a su beneficio futuro, y eso es apegarse a la norma, ya que este valor forma parte de dicha determinación, finalmente: los estados financieros siempre van a reflejar la mejor estimación de los recursos que fluirán hacia la entidad con las condiciones conocidas en el momento de la elaboración de los estados financieros. Y los valores de liquidación deben también estar sujetos a la norma.

lunes, 24 de diciembre de 2012

ENTIDAD ECONÓMICA

Este tema me hubiera gustado haberlo subido antes del anterior, pero la auscultación de la NIF B-8 me ganó y no podía dejarla pasar, aunque posteriormente este tema explica algunas de las situaciones plasmadas en los comentarios de la auscultación referida.

Entidad Económica en los PCGA se denominaba “Entidad” y su concepto es similar en ambos enunciados.

Enunciado actual, Entidad Económica:

La entidad económica es aquella unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros (conjunto integrado de actividades económicas y recursos), conducidos y administrados por un único centro de control que toma decisiones encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue creada

Aunque es un concepto muy antiguo aparentemente causa mucha polémica y constantemente es violado, se vuelve a insistir que en México, a diferencia de toda la normatividad importante mundial no se limita a un concepto sino a un POSTULADO BÁSICO, es decir que debe aplicarse en lo general y no sólo en situaciones específicas. Por ello la primera pregunta es: ¿por qué no se obliga a su cumplimiento a las empresas que cotizan en bolsa?, ¿el hecho jurídico que les permite cotizar sus acciones en forma individual les da derecho a no tener que consolidarse en un grupo?, bueno, ahora deberán aplicar la normatividad internacional que no tiene este tipo de restricciones; sin embargo, en México esta norma ha existido desde 1971 y nunca se ha exigido su aplicación o al menos nunca ha tenido alguna sanción o repercusión su falta de cumplimiento; además las reglas particulares como la mencionada NIF B-8 violan en algunos casos su fundamento; este concepto que es el que obliga a la consolidación de los estados financieros se ha usado más bien como un derecho de las entidades, en el que si es conveniente se usa y si no, se deja sin uso, es decir como un elemento de conveniencia.

Por ello hago los siguientes planteamientos con el objeto de ilustrar la obligación de su aplicación, el por qué y los beneficios que tiene para el usuario de la información, protegiéndolo incluso de información que puede quedar oculta al no emplearse este concepto:

Los elementos básicos del enunciado son “unidad identificable”, este concepto no define a algún ente jurídico, sino a la identificación que debe hacer el elaborador de los estados financieros de los recursos que forman una unidad identificable, es decir son los recursos que se pueden identificar para el desarrollo de una actividad identificable que están siendo “conducidos y administrados por un único centro de control”, es decir este centro de control usa todos los recursos de que dispone para lograr la operación y los resultaos que busca, por ello no puede, basándose en la forma jurídica dejar fuera del balance ningún recurso y ninguna obligación que le sirva para el logro de sus fines.

Esta es la razón para que en la información financiera se incluyan todos los recursos y las deudas, ya que es prácticamente imposible definir los recursos y las deudas por actividades, cuando éstas son controladas por un único centro de control.


Planteamiento 1:
Entidad económica

En la gráfica anterior aparecen 6 cuadros que representan una empresa cada uno, es decir 6 entidades jurídicas, una tenedora (H), y cinco subsidiarias (A, B, C, D, E y F), la tenedora no tiene actividades directas, su única función es la de tener a las otras 5, y aloja al corporativo que decide las actividades de esas cinco subsidiarias.

La tenedora tiene las siguientes participaciones en el capital de las subsidiarias:

A 90%
B 80%
C.15%
D 100%
E 100%

Las actividades de las subsidiarias son las siguientes:
A:  Agrícola, produce uva.
B:  Industrial, fabrica vino y sus derivados.
C:  Comercializadora, comercializa los productos fabricados por B, que es donde ejerce el control, por lo que es subsidiaria y no asociada. [1]
D:  Agencia de automóviles, comercializa autos y camiones de una marca importante internacional.
E:  Agencia de viajes, coloca y vende viajes nacionales e internacionales al público en general.

Ahora bien ¿Cuántas entidades económicas hay en la representación anterior?, y ¿cuántos estados financieros deben emitirse por las empresas que componen la estructura señalada?

Solución

Según el enunciado del postulado básico de entidad económica una entidad para efectos de información financiera, está compuesta por la identificación que se pueda hacer del conjunto de actividades y recursos que están coordinados por una misma autoridad que toma las decisiones generales de esas actividades y recursos, por lo que la entidad económica en este caso esta formada por las seis entidades jurídicas, compuestas por la tenedora y sus cinco subsidiarias.

Esta circunstancia se da ya que al tener control la tenedora (H), puede manejar los activos, pasivos, ingresos y gastos a discreción, con intención o sin ella, por lo que la única forma de evitar que TODOS estos recursos sean tomados en cuenta es reunirlos como una sola entidad económica, que los pasivos sean de la entidad, que los recursos sean de la entidad, que los ingresos y gastos igualmente, ya que todos ellos son de difícil identificación por actividades individuales.

He incluido aquí a empresas que aparentemente no tendrían que ver con la actividad de elaboración de vinos, sin embargo estas podrían tener ingresos de aquella, además de poder ocultar algunos pasivos de aquella también, por ello y para evitar esto, es necesario se consideren dentro del todo.

Planteamiento 2

En ese mismo ejemplo, ¿es válido que una de las subsidiarias, por ejemplo la industrial, emita estados financieros individuales, es decir de la propia empresa (entidad jurídica) para un banco con el objetivo de solicitar un crédito?

Solución

Si la entidad esta definida como todo el conjunto de actividades y recursos coordinados por una autoridad que toma decisiones, entonces no es válido entregar estados financieros individuales, de la entidad jurídica.

Sin embargo la respuesta más común a este cuestionamiento es que sí es valido. Lo que es más, los bancos normalmente solicitan esos estados financieros del ente jurídico y no los consolidados, a los que tampoco hacen mucho caso.  Este es un error común, sin embargo al tener un postulado como el que tenemos no es aceptable, independientemente de que con frecuencia sucede, analicemos el por qué y las consecuencias de ello:

Primeramente vayámonos al origen de estas consideraciones:

Pensemos en una empresa que tiene características muy parecidas a la del ejemplo, en sus inicios empezó como una sola entidad jurídica con tres divisiones:
Ésta es una sola entidad jurídica una SA que tiene tres divisiones, una agrícola (A), una industrial (B), y una comercial (C), sin embargo los asesores de la dirección la convencieron de que con esa estructura jurídica se pierden muchos beneficios: la empresa agrícola puede tener beneficios fiscales al ser una empresa únicamente agrícola; la empresa industrial podría incluso prescindir de personal, contratando los servicios de la comercializadora, misma que puede hacer funciones de outsourcing, para no tener personal y proteger así un poco más sus activos; y en la comercializadora, en la que tiene una participación menor, dejar que los trabajadores puedan formar una empresa con características jurídicas diferentes y más convenientes para todos, la entidad y los trabajadores, por ejemplo una sociedad mutualista.

Ahora si ¿es válido en la estructura original, la de una sola empresa, que la división industrial proporcionara estados financieros exclusivos de su actividad a un banco para la solicitud de un crédito?

La respuesta inmediata a esta pregunta es que no es válido; sin embargo, el argumento para ello es que al ser una sola entidad no es posible segregar sólo una parte de ella; incluso para dar más soluciones a esto se puede argumentar que tanto en el primer caso, en el que se tienen 6 empresas, como en ésta que sólo es una, la contabilidad de cada división es independiente, ya que su localización física también es diferente, la parte agrícola se encuentra en Aguascalientes, la industrial en Jalisco y la comercial en el DF, y la perspectiva general sigue siendo la misma, por lo que se ha llegado a la conclusión de que la solución se ha dado más por su forma jurídica que por su forma y sustancia económica.

Por sustancia económica podemos decir que ambas estructuras son iguales, la forma jurídica es la que prevalece en el pensamiento general, sin embargo la información financiera debe ir más allá y basarse en la sustancia económica y no sólo en la forma jurídica.

En muchos casos una entidad económica se constituye en diferentes entidades jurídicas por conveniencias de tipo legal; sin embargo, la sustancia económica del todo, es diferente a la de sus partes, por lo que debe prevalecer ésta última en la información financiera. Una empresa como tal puede tener una función aparentemente bien definida, que cuando se le ve en conjunto con otras empresas controladas por la misma autoridad, pueden surgir funciones o intenciones muy diferentes.

Ahora bien, las razones de fondo que deben tenerse en cuenta y que dan origen al postulado de referencia y al principio de contabilidad que prevalecieron desde inicios de los años 70 son las siguientes:

Primeramente no se puede estar seguro, en cualquiera de las estructuras, por mucho que tengan contabilidades específicas, que los gastos reconocidos en cada estructura es el correcto, ni de más ni de menos, que los ingresos son correctos, ni de más ni de menos, que las deudas o los activos son operativos o están distorsionados; en fin no es posible tener seguridad alguna de los ingresos, gastos, costos, activos, pasivos y patrimonio de ninguna de las empresas o áreas de la empresa, la única solución es en el primer caso la consolidación para asegurarnos de eliminar todas aquellas operaciones no devengadas como entidad o no reales; en el segundo caso integrar la contabilidad de las tres divisiones, lo cual tendría que hacerse con un procedimiento similar por no decir idéntico al de la consolidación.

Otro ejemplo: La empresa A, la agrícola, pide un préstamo a un banco quien no tiene inconveniente en otorgarlo en virtud de tener la empresa, una posición sana en sus estados financieros individuales, teniendo además un terreno agrícola muy productivo que garantiza con creces el préstamo, además este préstamo se solicitó después de haber vendido la vid a la empresa agrícola durante tres años a un precio lo más alto posible dentro de los parámetros permitidos para este tipo de productos, y haber bajado algunos costos que la empresa de outsourcing le bajó; ese préstamo supuestamente para garantizar la cosecha de la vid no fue necesario usarlo y el importe se entrega a la tenedora, la cual invierte el 100% de esos recursos en la empresa industrial como aportación adicional de capital; ésta, después de esa aportación y haber durante los siguientes tres años comprado la vid aprecios lo más bajo posible y ahorrándose algunos costos que el outsourcing repercutió a la empresa agrícola, presenta una posición financiera sana y solicita al banco (otro banco desde luego), un préstamo para la ampliación de sus instalaciones, para lo cual el banco podría no objetarlo por tener una posición sana. Desde luego que este banco desconoce el préstamo anterior que se otorgó a una entidad jurídica diferente.

La única forma de no poder ocultar éstos hechos individuales es la consolidación, es decir la presentación de la información financiera del ENTE ECONÓMICO, no de una parte de él.

Hay que tener en cuenta a su vez, que el controlador de las operaciones fue quien manejó los precios de venta alterados en la agrícola, superando el valor de las ventas, y ordenó el desvío de los gastos a las empresas que le convenía, dejando de reconocerse algunos gastos en las empresas que convenía, durante algunos años, fortaleciendo con ello la posición financiera y los resultados de operación de dichas empresas en su oportunidad. Después de obtener los préstamos y haber dejando las utilidades en la empresa que quiso y fortaleciendo la posición financiera y los resultados operativos, antes de pedir cada préstamo.

Otra consideración en este hecho:

Planteamiento 3:

Cual es el capital contable de la Entidad Económica con los datos siguientes en la estructura de las seis empresas presentadas originalmente:

El capital contable de cada entidad jurídica es la siguiente:

Empresa
Capital contable
miles de $
Participación de la tenedora
%
H
Tenedora
170´000

A
Agrícola
95´000
90
B
Industrial
150´000
80
C
Comercial
9´000
15
D
Distribuidora de autos
15´000
100
E
Agencia de viajes
1´000
100


Solución:

El capital contable de la Entidad Económica asciende a la cantidad de $ 217´150, compuesta como sigue:



Capital contable
% en los EFC
Capital contable en EF consolidados

A
170´000
100
$ 170´000
Participación no controladora:
B
95´000
10
9´500
C
150´000
20
30´000
D
9´000
85
7´650
E
15´000
0
0
F
1´000
0
0
Capital contable en consolidado
$ 217´150


El capital contable de las subsidiarias se integra como sigue, en la participación controladora y en la no controladora, la parte controladora se debe eliminar de la inversión de la tenedora y la parte no controladora forma parte del capital contable del consolidado fuera de la parte controladora:



Capital contable individual

Participación controladora en subsidiarias
Participación no controladora

B
95´000
85´500
9´500
C
150´000
120´000
30´000
D
9´000
1´350
7´650
E
15´000
15´000
0
F
1´000
1´000
0

$ 270´000
$ 222´850
$ 47´150


Adicionalmente la diferencia entre la participación controladora ($ 222´850) y el capital contable de la tenedora ($ 170´000), si ésta última no tiene otros activos debe estar representada por pasivos ($ 52´850), que sólo pueden verse en el consolidado, por lo que dicha participación esta financiada por terceros, situación que hace indispensable la consolidación ya que sólo asó puede observarse.

Última consideración:

Planteamiento 4:

Un amigo del principal accionista de la controladora, es una persona que tiene un equipo de producción de alta tecnología que le ofrece al accionista, bajo estas consideraciones:

Él que durante muchos años se dedicó a un negocio similar, adquirió ese equipo el cual introdujo al país en condiciones desconocidas, no teniendo papeles de importación ni otros documentos, como ha dejado de dedicarse a lo mismo ofrece ese equipo al accionista (su amigo) en condiciones favorables para todos.

Le menciona que le deja el equipo para su uso en la fábrica de vinos, estima que tiene una vida útil económica de aproximadamente 6 ó 7 años, garantizando un precio razonable para ambos, quedando en finiquitarlo al término en el que harán cuentas y lo ajustarán, considerando, además que él no quiere documentos que lo comprometan fiscalmente, pero que le autoriza el uso irrestricto del equipo, a cambio de la cantidad estipulada y que podría ajustarse con base a la producción. Considerando adicionalmente que como no le interesa aparecer como acreedor para no tener problemas fiscales, que los efectos de los impuestos correspondientes pueden ser descontados de los precios a los que lleguen en su arreglo, considerando que al no tener papeles desde luego que no podrá ser deducible de impuestos el equipo, convirtiéndose así en un activo no deducible permanentemente.

Independientemente del arreglo al que puedan llegar en el precio del equipo, dicho equipo: ¿forma parte de la entidad económica?

Solución:

Desde el momento en el que una entidad tiene el control de un activo y cumple con las características de cualquier activo según la NIF A-5, forma parte de dicha entidad.

La definición de activo incluye las siguientes características para que un activo se considere como tal en el balance:

  1. Beneficio futuro esperado: el valor del activo debe estar amparado por un flujo de efectivo futuro que sea igual o superior al valor reflejado en el balance; normalmente el flujo esperado es muy superior a su costo de adquisición, sólo no lo es cuando su destino es la venta, para lo cual es conveniente definir ese valor para determinar si es o no necesario reconocer algún deterioro en el valor.  
    2. Control: la entidad controla dichos beneficios para sí.
        3.    Identificación: se conoce o puede estimar con razonabilidad el valor, tanto el del costo como el del beneficio futuro esperado.
       4.     Viene de una operación del pasado: tuvo que haber habido una transacción

En este caso se dan todas las condiciones para su reconocimiento, por lo tanto no debe dejar de registrarse. Además el no reconocimiento del activo provocará que no se reconozcan los costos relativos por su uso y su distribución a resultados durante el periodo en el que genere los beneficios.

Por otra parte existe la obligación, igual o tal vez un poco más importante, de reconocer el pasivo correspondiente, para un reconocimiento adecuado de la solvencia y del apalancamiento de la entidad.

La obligación se da cuando se cumplen los requisitos de un pasivo:

1.   Obligación presente: exigencia económica, identificada en el momento actual, de cumplir en el futuro con una responsabilidad adquirida por la entidad.
2.   Obligación virtualmente ineludible: cuando existe la probabilidad, aunque no la certeza absoluta, de dar cumplimiento a la obligación.
3.  Identificada: un pasivo ha sido identificado cuando puede determinarse la salida de recursos que generará a la entidad.
4.  Disminución futura de beneficios económicos: es probable la salida de recursos de la entidad, para dar cumplimiento a una obligación.
5.  Derivada de operaciones ocurridas en el pasado tuvo que haber una transacción.

En este caso también se dan todas las condiciones del reconocimiento del pasivo correspondiente, por lo que no debe dejarse de reconocer. Desde luego que lleva implícito el reconocimiento de la mejor estimación que a la fecha se pueda y deba tener del valor del activo, el cual incluso puede ser su valor razonable menos los efectos fiscales que en este caso particular deba tener, los cuales generan otro tipo de pasivo.

En conclusión: la obligación de reconocer todos bienes materiales controlados por una autoridad que decide (controla), es del preparador de los estados financieros y va muy por encima de la forma jurídica que puedan tener los bienes y las obligaciones reconocidos, prevalece la sustancia económica.

Otras consideraciones

Como se ha mencionado, en México existen los postulados básicos como un marco normativo –conceptual le han llamado, sin embargo al ser obligatoria su contemplación en la elaboración de cualquier NIF particular, es normativa– debe aplicarse obligatoriamente en cualquier situación que lo amerite, sin embargo, aun existiendo el postulado las circunstancias jurídicas en muchas ocasiones prevalecen a la sustancia económica, como sucede con las entidades llamadas públicas, las que se rigen en función a los instrumentos financieros colocados entre gran público y no por la sustancia, por ello, es conveniente evaluar si realmente es conveniente tener este marco normativo o convertirlo sólo en un marco de referencia, es decir conceptual y no obligatorio en las aplicación de cualquier circunstancia, dejando que las normas particulares lo tomen cuando se considere conveniente, como pasa con los estados financieros combinados –los cuales se aplican a las entidades afiliadas, es decir de accionistas comunes –que la NIF B-8 la “permite” sólo si se cumplen algunas condiciones, dejando a un lado su obligatoriedad.

La consolidación de los estados financieros así como la combinación de los mismos no es un derecho es una OBLIGACIÓN, es la única forma de eliminar las transacciones intercompañías que no reflejan situaciones devengadas como entidad económica y, o la eliminación de posibles malversaciones de la información financiera provocada por operaciones ficticias u operaciones diseñadas para alterar la realidad.
>

[1] Una subsidiaria en una empresa sobre la que otra ejerce control, normalmente aunque no forzosamente se da cuando la tenedora tiene más del 50% de sus partes sociales; una asociada es una entidad sobre la que otra tiene influencia significativa, sin llegar a tener control, esta situación normalmente se da cuando se tiene entre un 10 y un 49% de las partes sociales, sin embargo no es forzoso, se puede tener control por otras circunstancias, como en este caso.